El Observatorio Europeo del Consumo y Cultivo de Cannabis, OECCC, solicita al Gobierno medidas urgentes para acabar con la desprotección legal que sufren usuarios, vendedores y cultivadores de cáñamo alto en CBD. En este sentido, destacan que la PNL sobre CBD presentada recientemente, responde a una realidad social muy establecida, que cualquiera puede comprobar, ya que en este momento hay miles de puntos de distribución de CBD en España, ya que además de en las tiendas especializadas en CBD, también se puede encontrar este producto en otros muchos lugares, como growshops, parafarmacias o tiendas de animales. Tras consultar a mayoristas y importantes empresas del sector, el OECCC estima que hay más de 5000 puntos físicos de distribución de CBD en España, sin contar los puntos de venta online, por lo que el número de ciudadanos que consumen CBD podría estar por encima del millón de personas. A pesar de esto se multa a sus consumidores, se hacen intervenciones en las tiendas y se encarcela a los agricultores. 

El OECCC recuerda que los análisis de las sustancias incautadas han de hacerse siguiendo los protocolos de  La Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC), este organismo establece en el protocolo UNODC ST/NAR/40 que para saber si estamos ante Cannabis psicoactivo o ante cáñamo se ha de emplear el indice de psicoactividad. El Índice de Psicoactividad (IPs) se calcula según la fórmula siguiente: ​IPs. = (THC + CBN) / CBD.  Si el IPs es mayor de 1, la muestra se considerará psicoactiva. Si el IPs es menor que 1, no será sustancia psicoactiva, por lo que no debería catalogarse como droga. En muchos casos los laboratorios encargados de las analíticas no siguen este protocolo, lo que genera una desprotección evidente a los encausados. 

Tal y como se estableció en las conclusiones del II Congreso Científico Internacional Cannabis Sativa, celebrado en colaboración con la Universidad Autónoma de Barcelona, “El cáñamo alto en CBD es una herramienta para el bienestar de muchas personas, las actuales intervenciones a personas cultivadoras de cáñamo, que son tratadas como narcotraficantes, son un error y un ataque a la economía española, pues este producto se puede importar de otros países de la Unión Europea. Además el criterio que se debería usar para distinguir cáñamo y marihuana es el índice de psicoactividad, tal y como marca Naciones Unidas (UNODC 2010), y no el conocido porcentaje de THC<0,2, el cual es únicamente un indicador para la fiscalización de sustancias y no un criterio de corte científico.”

El OECCC detalla que la Organización Mundial de la Salud ya emitió en 2017 un informe donde se indica que el CBD no está fiscalizado, de forma expresa, por los convenios internacionales y que tampoco tiene potencial adictivo, ni psicoactivo. Asimismo destacan que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en su sentencia de 19 de noviembre de 2020, señala que los fines del cáñamo industrial pueden ser distintos a la producción de fibra y semillas, además de que se puede comercializar la totalidad de la planta, no solo fibra y semillas. Debido a esto, en España se venden todo tipo artículos de CBD producidos en otros paises de la Unión Europea.  

Por otro lado, el OECCC destaca que las genéticas CBD extendidas por todo el mundo surgieron en España. Mientras que en otros países se han recibido con mucho interés, tienen legislaciones específicas o se venden en farmacias, en España ni siquiera se permitió a sus criadores registrarlas, por lo que muchas han ido a otros países que si les han proporcionado el contexto legal adecuado para trabajar. 

 Por todos estos motivos, el OECCC solicita que los Ministerios de Agrocultura y de Consumo tomen medidas urgentes, para que España tenga un marco legal específico sobre el CBD, como sucede en otros muchos países de la Unión Europea.